Es mostren els missatges amb l'etiqueta de comentaris Plataforma Graba tu Pleno. Mostrar tots els missatges
Es mostren els missatges amb l'etiqueta de comentaris Plataforma Graba tu Pleno. Mostrar tots els missatges

divendres, 7 de novembre del 2014

Plataforma Graba tu Pleno



#10razones para grabar los plenos municipales



Democracia. El artículo 9 de la Constitución en su primer apartado dice: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico." El hecho de elegir a unos representantes cada cuatro años no es un cheque en blanco para que puedan hacer lo que quieran. Es necesaria una auditoría ciudadana independientemente del partido político elegido para gobernar. La democracia no sólo consiste en votar. La Constitución concede una serie de derechos a los ciudadanos que cuando dejan de ejercerse se pierden. La democracia va en dos sentidos. Elegimos, pero no se acaba ahí la cuestión. Hay que pedir cuentas y no sólo es un juego entre partidos políticos.
Libertad de expresión. El artículo 20 de la Constitución dice:
1. Se reconocen y protegen los derechos:
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
ARTÍCULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN: "El artículo 21 CE, en sus distintos apartados, garantiza el mantenimiento de una comunicación pública libre, sin la cual quedarían vaciados de contenido real otros derechos que la Constitución consagra, reducidas a formas hueras las instituciones representativas y absolutamente falseado el principio de legitimidad democrática que enuncia el artículo 1.2 CE, y que es la base de toda nuestra ordenación jurídico-política
Más claro agua.
Transparencia. Atendiendo a la definición que se puede leer en Wikipedia: "En materia política o económica, la transparencia se refiere al conocimiento profundo y detallado de las decisiones y resoluciones y reglamentaciones tomadas por las administraciones y por los poderes del Estado, así como de sus motivaciones y justificaciones, e incluye la manera en la que se ha hecho la colecta de datos y la manera de luego usar los mismos, además de proporcionar información sobre los costos reales de los proyectos y de las actividades, sobre el manejo de los fondos, y también sobre los peligros y las implicaciones que puedan darse, sobre los aspectos de seguridad, sobre los mecanismos instituidos de acceso a la información, y sobre todo otro aspecto relevante. En el marco de la administración pública, la transparencia es un mecanismo que previene actos de corrupción y que permite a la ciudadanía conocer el funcionamiento interno de las instituciones y cómo se manejan los fondos que éstas reciben".
Participación. El artículo 23 de la Constitución dice: "Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal." Por tanto, las Instituciones deben facilitar la participación ciudadana en el gobierno municipal. Grabar un pleno es difundir la actividad de las instituciones y claramente una forma de participación ciudadana en política.
Seguridad jurídica. Los acuerdos alcanzados en pleno a través de las mociones suponen a nivel municipal lo que el Boletín Oficial del Estado es a nivel nacional. En estas resoluciones del alcalde, mociones o preguntas se resuelven cuestiones que por ley han de cumplirse. Además, del soporte del acta en los acuerdos, tener registrado en video esos acuerdos puede avalar el cumplimiento de los mismos en caso de que algún ayuntamiento no los lleve a cabo.
Cumplimiento de la legalidad. Diferentes sentencias judiciales, el Defensor del Pueblo, el propio Congreso de los Diputados y otras administraciones han avalado el derecho ciudadano a grabar los plenos. Según el artículo 20 de la Constitución, no puede haber censura previa en un acto público y prohibir grabar un pleno, cualesquiera que sean las razones es un acto de censura.
Registro del comportamiento de autoridades y público. En ocasiones el comportamiento de los alcaldes y concejales no se corresponde con el cargo que ostentan, insultando o difamando, usando la violencia verbal o física contra el rival político. Es bueno que esto sea denunciado, para que el comportamiento sea lo más cercano posible a la excelencia en educación, a pesar de la rivalidad política. Por otra parte, la participación del público en los plenos está bastante cercenada y es una disposición del alcalde. Debería cambiarse la legislación para que las aportaciones del público queden reflejadas en el acta, siempre que el comportamiento de aquellos sea el que la Institución merece, respeto y educación, aunque las cuestiones puedan ser polémicas.
Ayuda a concejales ausentes. En ocasiones los concejales electos nos pueden asistir a los plenos por razones laborales, personales o de salud. Si los plenos estuvieran grabados podrían disponer de la información facilitada durante el transcurso del mismo, el debate político y el resultado de las votaciones. Es sorprendente que en algunos casos un concejal tenga que esperar meses hasta poder leer el acta elaborado por los secretarios/as, que en ocasiones por la densidad de los temas y la confrontación política son difíciles de transcribir.
Apoyo a los Secretarios y Secretarias de los Ayuntamientos. Relacionado con lo anterior, está claro que si se disponen de las grabaciones los Secretarios/as tendrían la oportunidad de elaborar un acta más fiable y fidedigno de lo acontecido en el pleno.

Registro histórico. Es interesante que transcurridos unos años desde la aprobación de alguna moción o la contestación a alguna pregunta se pueda visionar lo debatido y comprobar si lo que se aprobó se ha correspondido con los hechos y han supuesto una mejora o un empeoramiento de las condiciones de los vecinos y vecinas de la localidad. Por supuesto, en muchos casos se podrán recordar alcaldes que mejoraron notablemente la situación de los vecinos y realizaron importantes intervenciones en el transcurso de los plenos.

dimecres, 29 d’octubre del 2014

L'importància de poder enregistrar els plenaris municipals

[Pel seu interès reproduïm l'article de la Plataforma Graba tu Pleno]



La importancia de grabar los plenos en nuestros municipios


Es indudable la gran importancia que tiene para la transparencia en nuestras instituciones grabar los plenos municipales. Grabarlos constituye un ejercicio de transparencia muy necesario en nuestros ayuntamientos. En los municipios pequeños, en los que las leyes del juego político se basan en la costumbre, en "lo que se ha hecho siempre", grabar se puede convertir en un verdadero infierno, a pesar de que  la ley y la razón  estén de parte de quienes lo intentan y lo terminan logrando. Y así lleva demostrándolo años 'Graba Tu Pleno' en cada uno de los municipios en los que ha conseguido que sus ciudadanos informen en libertad sobre lo que acontece en esas sesiones plenarias.


Sorprende que los ayuntamientos de los municipios más pequeños sean también los más proclives a impedir que los vecinos graben el debate entre los miembros de la Corporación Local. Quizás una de las razones por las que se produce esta situación sea precisamente lo que desde 'Graba Tu Pleno' denunciamos siempre. Hay alcaldes que no gobiernan un consistorio concreto, sino que lo toman durante mínimo 4 años y a lo largo de estos años lo convierten en un cortijo particular en el que solo impera la ley del más fuerte.

En las últimas semanas hemos podido conocer cuatro casos más en los que el alcalde o alcaldesa pisan el derecho constitucional de grabar los plenos en sus respectivos consistorios. Ha dado la casualidad que en todos ellos el Equipo de Gobierno es del PSOE, pero a lo largo y ancho de toda la geografía española hemos podido encontrarnos de todo. En Malpica del Tajo (Toledo), Mario Cruz decidió llamar a la Guardia Civil el pasado jueves al comprobar que los activistas de la plataforma iban a grabar el Pleno de principio a fin.  En Belmonte (Cuenca), la socialista María Angustias Alcázar tampoco quiere demasiados testigos en las sesiones que preside como alcaldesa. En Grandas de Salime (Asturias), es otro socialista el que no se ha leído la Constitución Española. Eustaquio Revilla (PSOE), torea a un grupo de vecinos que lleva más de un año peleando por grabar los plenos de este pequeño municipio. También en Ricote, un pequeño pueblo de Murcia, Celedonio Moreno (PSOE) se niega a permitir que los vecinos informen de las decisiones que los representantes del pueblo toman en su nombre. En este último pueblo, los independientes aseguran que de grabarse los plenos municipales todo el mundo conocería el desprecio con el que  los miembros del Equipo de Gobierno se dirigen a los demás representantes. En una de estas sesiones la portavoz del PSOE (Ana María Aroca), llegó a decirle a otra concejala de la oposición que lo que ella estaba buscando es que la cogiera por los pelos. Quizás aquí tengamos uno de los motivos por los que existan alcaldes que se nieguen a permitir la grabación de los plenos. Cómo mostrar al pueblo la nefasta política que se está realizando en sus municipios. En el caso de Ricote, la política está más cercana a la conversación entre dos adolescentes antes de entrar en una discoteca que a la información veraz que como grupo político deben dar al resto de la Corporación Local. Grabar los plenos dejaría en evidencia la preparación profesional y el nivel humano de muchos de nuestros representantes públicos. Personas que, independientemente del color político o de las siglas bajo las que gobiernen, encuentran en la función de alcalde o concejal una salida profesional en lugar de un servicio a la comunidad y a sus iguales. Los hechos probados que ocurrieron durante la celebración de un pleno en la localidad murciana fueron condenados por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº3 de La Cieza. Ana María Aroca (portavoz del PSOE de Ricote), tuvo que pagar 100 euros a la concejala de la oposición María Victoria Martínez (AIRE) y asumir todas las costas del juicio.

Otra... ¿os imagináis a un concejal de participación ciudadana negándose a dar explicaciones sobre lo gastado con dinero público en un consistorio? Pues también ocurrió en Ricote (Murcia). José Antonio Sánchez, concejal de Participación Ciudadana del PSOE, no cree que deba explicar el dinero que se gasta el Ayuntamiento de Ricote en festejos. ¿Se pensaría dos veces antes de negarse a decir esto si hubiera una cámara grabando sus palabras en el salón de plenos?


Ya resumimos hace meses en un decálogo nuestra defensa de la libertad de información y las razones por las que es importante que los plenos municipales se graben y se difundan entre la población. Una de aquellas razones era precisamente esta, la evidente falta de respeto hacia los ciudadanos que muchos de estos representantes manifiestan cuando no hay testigos. Incluso habiéndolos, sin una cámara que lo registre, siempre podrán negarlo.


Hemos conseguido que vecinos graben los plenos y también diferentes partidos políticos nos den las gracias por nuestro trabajo. Sin embargo, observamos una contradicción en los dos grandes partidos PP y PSOE por partida doble. Por un lado, hablan continuamente de transparencia y participación política y tenemos casos documentados de alcaldes de ambos partidos que impiden sistemáticamente la grabación de los plenos. Parece que no hay una buena comunicación entre las diferentes agrupaciones locales y los órganos centrales de los partidos. De otra manera, nosotros no tendríamos que denunciar los múltiples casos que recibimos cada mes. Tendrían que ser los órganos de los partidos los que sancionaran a los alcaldes que incumplen el mandato constitucional. Por otro lado, parece advertirse un modo de posición ambivalente donde se recrimina al adversario que no se deja grabar en algunos casos y se guarda silencio cuando es un alcalde de su color político. Esperemos que alguien resuelva este caótico comportamiento algún día, garantizando los derechos de los ciudadanos.