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dijous, 9 d’octubre del 2014

La Administración Pública vasca responderá a las solicitudes de información pública en un plazo no superior a 15 días, de lo contrario, podrá apelar a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”.

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley que modernizará la estructura de la Administración Pública Vasca diseñada hace 30 años

Video El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley que modernizará la estructura de la Administración Pública Vasca diseñada hace 30 años

  • La participación, la transparencia y la colaboración ciudadana en el diseño y evaluación de las políticas públicas, ejes centrales de un proyecto que el Gobierno entrega a la Cámara vasca para el debate de los Grupos Parlamentarios.
  • Entre las novedades destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca responda a sus solicitudes de información pública en un plazo no superior a 15 días, de lo contrario, podrá apelar a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”.
  • Los partidos políticos, las organizaciones empresariales, los sindicatos y todas aquellas entidades que reciban subvenciones públicas estarán afectados por las obligaciones de la  publicidad activa.
  • El proyecto articula por primera vez los requisitos para la creación de entidades públicas: no podrán crearse nuevas que supongan duplicidad y cuyo nacimiento no esté debidamente justificado.
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca que será remitido a la Cámara vasca para su debate y aprobación por parte de los Grupos Parlamentarios.

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca nace tras diez meses de intenso trabajo, debate y contraste con todos los agentes involucrados y su objetivo es diseñar un nuevo marco jurídico que permita convertir la Administración Pública vasca en un servicio público de calidad, capaz de responder de na manera eficaz a las necesides de la ciudadanía del Siglo XXI y asentado sobre los nuevos principios de la gobernanza: participación, transparencia y colaboración ciudadana en los asuntos públicos. 

PROYECTO DE LEY

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca consta de 5 títulos, 125 artículos, 3 disposiciones transitorias, 1 disposición adicional, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales. Afecta a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, organismos autónomos,  entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones públicas y  consorcios.

El contenido se estructura en dos grandes bloques:
  • Por un lado, el que tiene que ver con la clasificación, composición y organización del Sector Público Vasco: la regulación de su estructura, funcionamiento y obligaciones, la delimitación de las competencias de cada entidad, la obligación de colaboración y coordinación entre administraciones y los procedimientos de control y registro.
  • Y por otro lado, el que regula los principios de buen gobierno: la planificación y evaluación de las políticas públicas, la mejora de la calidad normativa, la simplificación administrativa, los sistemas de gestión avanzada, la interacción de la ciudadanía con la administración, la publicidad activa y la garantía de acceso a la información pública.

TÍTULO V: AGENCIA VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA 

Entre las principales novedades del texto, destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca le responda a sus solicitudes de información pública en una plazo no superior a 15 días. En el caso de no hacerlo, la ciudadanía podrá acudir a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”, un órgano independiente, de nueva creación, que dirimirá los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho de la ciudadanía a la información pública y a la máxima transparencia posible, y los límites legales a tal derecho basados en la protección de datos personales, la seguridad pública, la vida privada, el secreto profesional o los derechos a la propiedad intelectual e industrial.

Su composición será: 
  • Presidencia: será nombrada por un periodo no renovable de cinco años, mediante decreto, a propuesta de la persona que ocupe el cargo de titular del Departamento de Administración Pública, previa comparecencia ante la comisión parlamentaria oportuna. Deberá ser una persona profesional, de reconocido prestigio y competente.
  • Consejo Asesor: Una serie de personas, designadas cada una de ellas, en el seno de diversas instituciones: Parlamento vasco, Tribunal de Cuentas Públicas, Ararteko, Agencia de Protección de Datos, Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y EUDEL.

La “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena” promoverá el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, se encargará de salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, e incluso resolverá los recursos en el caso de las administraciones locales y forales, mientras que éstas no tengan establecido para estos casos un órgano de decisión propio.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Otro de los aspectos más novedosos que regula esta normativa es que la ciudadanía podrá participar en la elaboración de los reglamentos y decretos que desarrolle el Gobierno. Se crea la denominada “Iniciativa Reglamentaria Popular”con el objetivo de ampliar la capacidad de participación de la ciudadanía en la elaboración de las normas que les afectan.

Con este mismos objetivo, el proyecto crea la “Plataforma de Gobierno Abierto”, como espacio permanente de interacción entre la Administración Pública vasca y la ciudadanía, para informar, escuchar activamente lo que la ciudadanía expresa en internet, mostrar y coordinar las aportaciones ciudadanas, impulsar el diálogo bidireccional, promover la iniciativa ciudadana en los asuntos públicos y la colaboración público-privada en proyectos que redunden en el bien común.

ENTIDADES PÚBLICAS

En la parte referida a la clasificación, composición y organización el Sector Público Vasco, el proyecto articula los requisitos que deberán cumplir el Gobierno o el Parlamento para crear nuevas entidades públicas. Por ejemplo: deberá acreditarse la necesidad de nueva creación y deberá garantizarse que no se produzcan duplicidades.

A partir de su constitución, las entidades públicas serán sometidas a evaluaciones de eficacia y eficiencia que permitan conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y fines que propiciaron su creación o participación, así como sobre la relación entre los recursos utilizados y los logros conseguidos en su actividad. Deberán inscribirse en el “Registro de Entidades del Sector Público Vasco” que dará cuenta de su estructura, organización, composición y participación en otras entidades públicas o privadas. Todas estas entidades públicas están obligadas a lo establecido en materia de publicidad activa y derecho de acceso a la información que recoge esta ley.

PUBLICIDAD ACTIVA

La ciudadanía podrá consultar online los nombramientos y ceses de altos cargos, sus funciones, resoluciones de compatibilidad con otras actividades, sus agendas públicas y sus direcciones electrónicas para la interacción; los planes que se pretenden implantar junto con las evaluaciones que permitan conocer su grado de cumplimiento y resultados; la relación y el importe de todas las ayudas y subvenciones otorgadas así como el listado de personas beneficiarias; la relación y el importe de todos los contratos y convenios con el listado de las empresas o entidades adjudicatarias; los indicadores de la situación económico patrimonial así como el nivel de endeudamiento de las sociedades públicas. Dichos cambio afectrán a todas las las entidades públicas que integran la Administración Pública Vasca.

El proyecto de ley abarca también a todos aquellos agentes de la sociedad que son destinatarios de los recursos públicos, de manera que a ellos también se dirigen las obligaciones de publicidad activa pública que establecerá la ley. Es el caso tanto de los partidos políticos y organizaciones empresariales y sindicales, como de las personas individuales o jurídicas que resulten beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas legalmente establecidas. Igualmente, se hará público el número de personas liberadas sincales,  el número de horas que dedican y los costes asociedos.

Esta información deberá suministrarse principalmente de forma que permita su tratamiento, redistribución y reutilización, esto es, en formato digital, estandarizado y abierto, con el fin de garantizar realmente la rendición de cuentas y generar valor en la sociedad, y en un punto de acceso único, en la Plataforma de Gobierno Abierto.


dilluns, 8 de setembre del 2014

Cóm responen els ajuntaments a les sol·licituds d'informació?

[Els amics de tuderechoasaber.es miren de respondre a aquesta important pregunta, tema per el que s'està posant en qüestió alguns dels més prestigiosos índexs de transparència (*)] 


Los ayuntamientos tienen el récord de silencio administrativo, a pesar de que la mayoría de las preguntas a entidades locales tratan temas inofensivos y de interés común para los vecinos.

aYTO
Imagen: Civio.es
Aunque la administración local es la más cercana al ciudadano, los ayuntamientos baten el récord de silencio administrativo en España. Hasta un 81% de solicitudes de información a entidades locales no recibió ningún tipo de respuesta en 2013.  Nada. Aunque la gran mayoría de ellas trataba sobre cuestiones tan inofensivas como el cuidado de las palmeras de una avenida,  el coste de un nuevo parque infantil o la solicitud de una audiencia con el alcalde, y aun así se quedaron sin contestación.
El año 2015 debería ser, sin embargo, el año de la transparencia en ayuntamientos y comunidades autónomas. En diciembre de ese año termina el plazo de entrada en vigor de la ley de transparencia a nivel local y autonómico. Hay, además, elecciones locales en mayo, lo que quizá acreciente el interés de las entidades locales por la transparencia, la rendición de cuentas y el buen gobierno.
Pero, ¿cómo responden los pocos que sí lo hacen? Mayoritariamente mediante evasivas, respuestas indefinidas y acuses de recibo. El caso de un ciudadano del municipio navarro de Sangüesa, de no más de 5.000 habitantes, es un claro ejemplo de que la cercanía no es sinónimo de transparencia. A la solicitud de información sobre un posible proyecto de minería en las afueras del municipio, el alcalde, en tono paternalista y campechano, contesta con evasivas y exige que se le pregunte mediante el formulario de la web del ayuntamiento. Este ciudadano insiste en preguntar a través de Tuderechoasaber.es para que la respuesta sea pública, algo que no pasa con el formulario oficial. El rifirrafe acaba, desgraciadamente, con el rechazo del alcalde a dar información.
Pero al menos hay rifirrafe. En otras ocasiones, la respuesta es excesivamente escueta y sin excusa alguna. Es el caso del ayuntamiento de Teror, en la provincia de las Palmas.  En 2011, el alcalde de la localidad fue imputado junto al arquitecto municipal, el secretario del Ayuntamiento y el abogado de la Oficina Técnica por un presunto delito urbanístico. Un ciudadano pregunta sobre el gasto en abogados de su defensa y una lista de imputados del ayuntamiento. La respuesta: “Buenas tardes, no es posible trasladar la información que usted solicita”. Ni excusa, promesa de respuesta o o ni siquiera un “vuelva usted mañana”. Simplemente un portazo virtual.
En algunas ocasiones, tampoco el procedimiento oficial hay éxito. Un ciudadano de Sant Feliu de Llobregat, presidente de su comunidad de vecinos, presentó dos instancias para tener una audiencia con el alcalde. Consiguió contactar con el ayuntamiento de forma oficial, le proporcionaron un número de registro y luego se olvidaron de él. Ante el silencio administrativo, acudió a Tuderechoasaber.es para insistir, esta vez, de forma pública. De nuevo silencio.
¿Es siempre así? A pesar de que la mayoría de las veces sí, existen casos positivos. La respuesta del concejal de festejos del municipio valenciano de Alfafar a una pregunta sobre los costes de las fiestas del pueblo, aunque finalmente fue analógica,  representa un buen ejemplo de vocación por la transparencia. Se comprometió a responder lo más rápido posible  (“sin ningún problema te lo preparo y te lo hago llegar”) e incluso se ofreció a hablar por teléfono o vía Facebook con el ciudadano. Finalmente envió la información en formato papel.
Tampoco tiene reparos en contestar solicitudes de información el alcalde de Hinojos, un municipio de Huelva de no más de 4.000 habitantes, que tiene abiertos varios grupos de Whatsapp para consultas de los ciudadanos.  Aunque aislados, estos casos positivos demuestran que el silencio administrativo es una elección, y no la consecuencia de preguntas complejas o solicitudes que se extralimitan. Responder sobre el coste de un parque infantil o las fiestas del pueblo debería estar a la orden del día.

Notas (*):

dilluns, 18 d’agost del 2014

Aspectes jurídics sobre la transparència i l'accés a l'informació... Hem de reclamar SEMPRE!


Recordatorio: la Administración no es un cortijo (sobre la transparencia y acceso a la información)


A principios de julio tuve el honor de ser designado como uno de los ponentes para un curso que organizaba en el CEJ la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales a la cual pertenezco hace poco si bien es, con muchísima diferencia, la que tiene un interés real, y así lo está demostrando, en los problemas reales tanto de la carrera fiscal como de la justicia con carácter general.

Esos días tuve la doble oportunidad de escuchar a Elisa de la Nuez, Abogada del Estado y coeditora del blog multiautor ¿Hay Derecho?. La primera lo fue con ocasión de la entrega a su persona del premio Scevola en el Consejo General de la Abogacía Española. La segunda, con motivo de la conferencia que impartió en el mismo curso en el que yo intervenía y que en la que tuvo una gran importancia el análisis de la reciente Ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno. Debo lamentar profundamente que en el CEJ no se graben las conferencias, pues es de las que me gustaría conservar e incluso compartir en este blog, ya que el conocimiento no debe quedar al aprovechamiento de los aproximadamente treinta que estuvimos allí, sino que sería extensible a todo aquel que pudiera tener interés en las materias tratadas.

En cualquier caso, dicha conferencia me llevó a pensar sobre un caso que se da bastante a menudo en las administraciones públicas, muy singularmente en los Ayuntamientos: los casos de ciudadanos que piden por registro datos sobre algún expediente administrativo y o les son negados con excusas peregrinas o, directamente, no se les contesta.

El art. 35 de la genérica Ley 30/1992, aplicable a todas las administraciones públicas (arts. 1 y 2 de la misma Ley), contiene los siguientes apartados:
“a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
…
h) Al acceso a la información pública, archivos y registros.”.

El art. 37 de la misma norma señala:
“Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución, en la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás leyes que resulten de aplicación.”.

Acudiendo a la reciente Ley 19/2013 de transparencia ya citada, son de especial aplicación, en lo que a este post se refiere, sus arts. 7 y 8, extensibles perfectamente a los casos de contratación pública. El art. 28 k) prevé como infracción muy grave: “El incumplimiento de las obligaciones de publicación o de suministro de información previstas en la normativa presupuestaria y económico-financiera, siempre que en este último caso se hubiera formulado requerimiento”.

Ahondando más en esta problemática, el Texto Refundido RD Legislativo 2/2008, en su art. 11, establece el deber de publicidad de los instrumentos de planeamiento urbanísticos. También y en ese mismo sentido, se repite en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, especialmente en sus arts. 36 y 37. También, en el aspecto medioambiental, ha de conocerse la Ley 27/2006, muy particularmente los arts. 3 y 5 y ss.

Pues bien, el funcionario o autoridad que negase expresamente al ciudadano, o por silencio administrativo, la información a cuyo acceso tiene derecho, bien podría incurrir en el delito de prevaricación administrativa en la modalidad activa o en la de comisión por omisión, ex art. 11 Cp, tal y como ya se vio EN ESTE POST. Las Administraciones no están para recortar ese derecho de acceso, salvo en los concretos supuestos en los que por razón de protección de datos expresamente justificada (art. 7 de la LOPD, secretos militares o análogos) y menos para tener al ciudadano esperando respuestas. Las Administraciones deben servir con objetividad y, dado que son un servicio público, deben someterse al escrutinio de la ciudadanía y de los demás poderes públicos.

Nótese, finalmente, que el art. 293 del Código penal castiga, en el ámbito societario y entre otras cosas, al administrador de hecho o de derecho que sin causa legal negare o impidiere a un socio el ejercicio de los derechos de información.

dissabte, 2 d’agost del 2014

Opacitats detectades (XXV): TTIP: Tractat de Lliure Comerç entre la UE i els EEUU, inversions, silenci administratiu, Llei de transparència, corrupció

¿Por qué no nos hablan del TTIP?

La crisis económica y política ha impulsado un concepto a la primera línea de la discusión política: la transparencia. Podría parecer obvio, pero la multiplicación de casos de corrupción, gestión deshonesta, espionaje o cualquier tipo de violación de una hipotética ética política han puesto de manifiesto que tan obvio no era, y la transparencia ha pasado a ser una reivindicación más de la ciudadanía para lograr esa regeneración democrática que tan necesaria se nos antoja, pero que tan abstracta e inconcreta resulta a la hora de llevarla a cabo.
Estoy hablando del Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y Estados Unidos (conocido por sus siglas en inglés, TTIP o TAFTA, según nos refiramos al tratado en sí o al área de libre comercio). Si no han oído hablar de él (más que en algún periódico frecuentemente tachado de "radical" por los medios llamados de prestigio), quizás entiendan de qué les hablo. El TTIP es un acuerdo cuyos puntos se están negociando en el secreto más absoluto entre negociadores de EEUU y la UE. Este secretismo no es una exageración propia: a pesar de la evidente trascendencia del documento (o, quizás, a causa de esto), solo ha sido posible conocer parte de este a través de una filtración que se produjo gracias a la plataforma independiente de denuncia ciudadana Filtrala.org.  
Hasta ahora, solo los grupos parlamentarios pertenecientes a la Izquierda Unitaria Europea y a los Verdes Europeos han reivindicado enérgicamente una mayor transparencia de estas negociaciones.  
¿No les resulta incoherente, por un lado, el abanderamiento de la transparencia como necesidad democrática, y por otro, el mutismo con el que permiten que negociaciones de tanta relevancia política, económica y social se mantengan en el secreto más absoluto, negando a la ciudadanía el legítimo derecho, cuanto menos, a conocer qué posturas defienden quienes supuestamente nos representan?  

Transparencia para atraer inversiones

El estudio encargado por C[omunidad de ]C[anarias] a las universidades públicas regionales urge a la Administración a tomarse en serio la transparencia a fin de promover la iniciativa empresarial y la actividad económica.
...el informe de las universidades, que deja claro que "no basta" con hacer la Administración -y sus procesos- más eficientes. "Es necesario también mejorar su transparencia, trazabilidad y credibilidad".

Las administraciones publican información, pero no responden a los ciudadanos 


El Confidencial ha analizado las disparidades entre el índice INCAU y el nivel de respuesta de las instituciones autonómicas a las peticiones públicas de información. Este aspecto, el derecho de acceso a la información, no se ha recogido como un derecho fundamental en la Ley de Transparencia que entrará en vigor a finales de este año.
El estudio de Transparencia Internacional mide únicamente la información que la institución decide suministrar a sus ciudadanos en las páginas oficiales. De ahí que no se tenga en cuenta el nivel de respuesta a la sociedad ni la calidad de la misma. En cambio, la plataforma Tu Derecho a Saber, impulsada por la Fundación Civio y Access Info, recoge el tipo de respuesta de las autonomías a cada petición de información.
El concepto clave es el silencio administrativo, que se define como la ausencia de respuesta por las instituciones públicas a una petición de información. El artículo 20.4 de la Ley de Transparencia ampara esta potestad administrativa al establecer que “transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada”.
Los resultados del INCAU no han dejado satisfecha a la comunidad pro transparencia española. Desde la Fundación Ciudadana Civio critican el rigor de estos resultados. “La única transparencia que importa es la que se traduce en más información para el ciudadano”, declara Javier de Vega, responsable de comunicación de la organización.
De Vega añade que este informe ofrece una visión “cuantitativa y no cualitativa” y lo califica como “un despropósito”. Y sentencia: “Ellos [Transparencia Internacional] se están labrando su propio descrédito”.

El Gobierno incumple la ley de transparencia: sigue sin publicar los bienes de sus altos cargos

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno -el ‘proyecto estrella’ de la vicepresidenta Sáenz de Santamaría- entró en vigor el pasado 10 de diciembre, tras ser publicada en el BOE correspondiente. Su disposición final segunda modificaba la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, y fijaba lo siguiente en el apartado 4 de su artículo 14:
“4. El contenido de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales de los miembros del Gobierno y de los Secretarios de Estado y demás altos cargos previstos en el artículo 3 de esta ley se publicarán en el ‘Boletín Oficial del Estado’, en los términos previstos reglamentariamente. En relación con los bienes patrimoniales, se publicará una declaración comprensiva de la situación patrimonial de estos altos cargos, omitiéndose aquellos datos referentes a su localización y salvaguardando la privacidad y seguridad de sus titulares”.
Pero las leyes se pueden quedar en papel mojado y todo parece indicar que eso ocurrirá con esta ley: siete meses después de su entrada en vigor, el Gobierno sigue manteniendo la opacidad en cuanto a sus cargos públicos: no ha publicado la declaración de bienes y patrimonio de subsecretarios, directores generales y presidentes de organismos o de empresas públicas.  

Transparència? Això, ara no toca!

Una legalitat que ha de ser requisit indispensable però no suficient per a l’actuació d’uns poders públics que massa sovint obliden la necessitat d’actuar també segons criteris d’ètica, transparència i legitimitat.

Según el magistrado del TS Marín Castán "La doctrina del TJUE es un severo varapalo a España en materia de protección de los consumidores"

"La transparencia es decirle de verdad al consumidor aquello que más le importa. Es fácil de conseguir cuando se quiere", ha agregado, al tiempo que ha criticado que algunos trabajadores de oficinas no dejan que los consumidores se lleven a su casa los contratos.

dissabte, 12 de juliol del 2014

Opacitats detectades (XXII): Information Equation, el mantra de la transparència, llums i ombres, transparències, jutges transparents, salaris transparents?, la pitjor corrupció, qualitat democràtica, Gowex, sancions, CNMV i manipulacions estadístiques

¿Cómo funciona tu ecuación informacional?: transparencia y responsabilidad

El profesor Enrique Dans explica el concepto de “Information Equation” o cómo las compañías (ante todo tecnológicas) tratan los datos que recogen de sus usuarios. Ante la cantidad ingente de información que piden o que simplemente se les da, las empresas tiene la obligación de tratar estos datos con suma transparencia y responsabilidad para conseguir un flujo estable.
¿Cuál es la clave fundamental en una ecuación informacional? Que esté gestionada sin zonas grises, sin dejar lugar a la imaginación, con un nivel de transparencia total: el cliente tiene que saber en todo momento qué información tenemos de él, cómo la custodiamos, cómo la utilizamos, y qué efectos secundarios va a experimentar por ello – además, por supuesto, de los correspondientes derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) que tienen que plantearse de manera inequívoca y sencilla. 
 

Medidas de Rajoyneración

Regeneración. Regeneración. Regeneración. ese es el enésimo mantra de la retórica del poder; otra de esas palabras del vocabulario político convertidas en conjuro habitual para invocar el espíritu de la credibilidad. Como transparencia, transparencia, transparencia. O sostenibilidad, sostenibilidad, sostenibilidad. Claro que de la palabra a la realidad va un abismo; pero hay vocablos que el poder formula, como hechiceros de la tribu, para inspirar ilusión. 

Luces y sombras de la transparencia

El Gobierno regional [canario] inauguró esta semana su web de transparencia, que más que información, ofrece datos difíciles de interpretar para el ciudadano común. Consciente de ello, promete mejorarla.
La idea de un único portal (http://www.gobiernodecanarias.org/ transparencia) que centraliza y ordena la información de las administraciones para facilitar su acceso a los ciudadanos crea la expectativa de que a partir de ahora cualquiera puede consultar cualquier asunto y que podrá aclararse sobre la marcha. Es una imagen sugerente que conecta muy bien con la calle en un momento en que existe una creciente demanda social en materia de transparencia -y que sale en un año preelectoral-. Pero la situación está lejos de ser así de sencilla.
Para empezar, los datos del portal no se ofrecen de manera uniforme. Cada área del Gobierno regional los aporta en el formato que quiere -o puede-. Además, se refieren a los períodos que tienen disponibles, que no siempre son los más recientes. Y por supuesto, hay materias estratégicas -como por ejemplo, la energética- que no están incluidas. 

Transparencias

Turbidez... es lo peor que puede pasarle al agua, que esté turbia, fosca, invitando a sospechar en ella lodos, ponzoñas o cólicos.
Es evidente que las aguas nacionales bajan turbias desde hace tiempo... tanto, que se nos hizo eterno ya al primer año y aquí seguimos sin salir de los dineros turbios, los recortes claros y el chocolate espeso, muy espeso.
Pero ya tiene España su Ley de Transparencia... ¡cuánta decencia!
Cuando voy por ahí, recelo de los sitios o países cuyos ríos bajan con aguas canosas, negras, barradas... Esta tierra empieza a estar en ese club: ríos ayer cristalinos bajan hoy foscos, lo turbio acampa en la corriente... y lo corriente en esta vida pública es lo turbio.
Pero ya tiene España su Ley de Transparencia... ¡cuánta elocuencia!
Aprobaron los partidos en Cortes esa ley sin decir ni mea culpa, al contrario... pero las finanzas de los partidos son también ríos turbios de afluentes que desaparecen como Guadianas... aunque el correr de sus dineros lo vigila un Tribunal de Cuentas que nombran los propios partidos... mira qué bien.
Pero ya tiene España su Ley de Transparencia... ¡cuánta avenencia!
Dicen los mentideros que el nombre del ex-ecónomo diocesano de Astorga y número dos de las finanzas vaticanas (añaden que está cesado y fuera de la renovación inminente impulsada por el papa) sale a relucir en los líos de Bárcenas a causa de una fianza que aportó su cuñada astorgana y cuyo origen estaría en unos fondos sicav en los que aparece este señor cura ... ¿quién duda de que el caso Bárcenas extiende su turbidez ad infinitum?...
Pero ya tiene España su Ley de Transparencia... ¡cuánta eminencia!
Esta ley se aprobó en 2013 para tener claras y coram pópuli las cuentas de administraciones públicas, reyes, partidos, sindicatos o iglesias... pero a condición de que no entrara en vigor hasta diciembre de 2014... ¿y eso?... lagarto... ¿quién convencerá ahora a este pueblo expoliado de que no se dieron los políticos este año de plazo para poder destruir pruebas, maquear números o vestir santos?... seguro que algunos saldrán tan limpios, que diremos ¡milagro, milagro, no les hacía falta esa ley!

Jueces transparentes

El CGPJ pone en marcha una web que permite controlar sus gastos
Permite conocer, si no todos, algunos secretillos de la Administración. Hasta ahora, obtener información y acceder a archivos públicos más que un derecho de los ciudadanos (no solo de los periodistas) era un calvario.
Como si fueran guardianes de los documentos, muchos funcionarios cerraban a cal y canto los registros cuando alguien pretendía husmear en ellos. El silencio administrativo era la forma más fácil y cómoda de mantener los datos ocultos y a los curiosos alejados. Ahora esa táctica ya no vale. La Ley de Transparencia pone la lupa sobre las actividades del Gobierno, las empresas públicas, los partidos, las entidades que reciben subvenciones e incluso la Corona. Deben abrir sus puertas y ventanas porque los ciudadanos tienen derecho a saber.

Medio año después de la Ley de Transparencia, el Gobierno sigue escondiendo los bienes de altos cargos

...el Gobierno lleva medio año incumpliendo la Ley de Transparencia porque, seis meses después de su entrada en vigor, sigue sin publicar la declaración de bienes y patrimonio de los altos cargos de la Administración General del Estado que no son ministros o secretarios de Estado.
...la regulación de la declaración de bienes y patrimonio de los altos cargos está incluida en una disposición final de la ley, de modo que debía empezar a cumplirse 20 días después de su publicación en el BOE, en noviembre de 2013.

¿Deben mantenerse los salarios en secreto?

"Debido a que las compañías suelen estar dirigidas por gente que gana mucho dinero, el resultado es un velo de silencio y misterio a la hora de mostrar los sueldos"
Existen muchos motivos sorprendentes por los cuales "mantener los salarios en secreto suele ser una mala idea para cualquier organización"
"Por un lado, mantener los salarios en secreto perjudica a las mujeres, ya que suelen ser peores que los hombres a la hora de pedir aumentos. Si ellos piden aumentos en secreto y los reciben también en secreto, mientras que ellas no lo hacen, eso explicaría por qué los hombres terminan ganando más que las mujeres" 
"Mantener el salario en secreto es también una forma muy efectiva de que los jefes, de manera consciente o no, tengan favoritismos entre sus empleados"
"Si usted trabaja para una compañía en la que todos saben lo que ganan los demás, entonces será muy sencillo saber lo que está pasando. Usted podrá ver quiénes son los mejores, y qué tipo de habilidades y talentos premia la compañía", escribió. "También podrá ver si se les paga más a los hombres que a las mujeres, si los directivos ganan de más y si amenazar con renunciar es premiado con aumentos sustanciales de sueldo. Es más, debido a que la gerencia sabe que todos pueden ver estas cosas, es mucho menos probable que lleve a cabo el tipo de tratos en secreto que son demasiado comunes en las empresas de hoy en día"

La peor corrupción

En primer lugar, no todo lo injusto es inconstitucional
Un real decreto-ley que, hipotéticamente, vulnerara flagrantemente el artículo 86 de la Constitución que establece cuáles son los criterios para poder dictar este tipo de normas, pongamos, caso extremo, que se aprobara por real decreto-ley lo que debería ser aprobado por ley orgánica, el Código Penal, o que se aprobara, incluso, una modificación de la propia Constitución, no podría ser suspendido por el hecho de ser recurrido tras su convalidación por el Congreso. Porque un real decreto-ley, sí, ha de ser convalidado por el Congreso, pero eso carece de importancia en un país donde la confusión práctica entre Ejecutivo y Legislativo es evidente con mayorías absolutas. La posibilidad de suspensión de normas estatales recurridas al Tribunal Constitucional fue eliminada hace años, y los argumentos para efectuar una interpretación que acoja esa posibilidad, aunque recogidos incluso en algún voto particular de alguna resolución del Tribunal Constitucional, no han prosperado.
Por tanto, la absoluta inconstitucionalidad de una norma con rango de ley no impide que sea aplicada mientras el Tribunal Constitucional decide sobre el fondo del recurso.
  • Lo cual nos lleva al quid de la cuestión: la agenda del Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional tarda en resolver un recurso exactamente lo que considera oportuno, sin posibilidad ninguna de control. Por tanto, basta con que no resuelva para que normas flagrantemente inconstitucionales sigan aplicándose, causando daños irreparables a derechos, personas y al propio Estado de Derecho. Y lo que tarda el Tribunal Constitucional es no solo arbitrario sino preocupante; porque unas veces tarda un año y otras diez o más, en función de criterios ignotos que no se puede por menos que calificar de políticos, en el peor sentido de la palabra.
Lo cual significa que estamos indefensos ante las normas inconstitucionales. Eso significa que el Estado de Derecho no existe
Sí, todo eso da igual.
Porque el Gobierno sabe que, incluso si la oposición se anima a recurrir -del defensor del Pueblo, esa hermosa figura decorativa, mejor ni hablar- el Tribunal Constitucional tardará lo que sea, años, muchos años. 
Muchos más años que lo que tardan en llegar las siguientes elecciones, o incluso las elecciones siguientes a las siguientes elecciones. 
El Gobierno sabe que es incontrolable. 
El Gobierno sabe que estamos indefensos. 
Y por tanto el Gobierno abusa, porque el poder no controlado tiene a abusar.

No, no estamos en un Estado de Derecho, Estamos en una apariencia de Estado de Derecho, Porque el poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente, y aquí tenemos un poder absoluto, por incontrolado. 
Esta es la mayor corrupción: la de las leyes incontrolables. Olvídese de bárcenas y urdangarines; esos pueden haber infringido leyes, pero no las han creado. Aquí leyes infames de fondo y forma salen cotidianamente, y da igual. Sin control. 
La peor corrupción. Y no sale en las portadas.

El abuso del Decreto Ley y la mala calidad de la democracia

El uso del Decreto Ley para regular aquello que no era urgente ni extraordinario, sino más bien problemático para el Gobierno, es poco democrático [també podríem dir que és anticonstitucional]

Lecciones que aprender tras el escándalo de Gowex

2) La transparencia no debe ser una opción. Debe ser una obligación. Por el bien de todos. La desconfianza es demoledora y puede echar abajo sectores enteros o una economía al completo. Gowex presentaba ante el MAB (el mercado en el que cotizaba) unas cuentas opacas, con generalidades, con ausencia de métricas de negocio muy importantes y sin mención en muchas ocasiones a clientes concretos y contratos específicos.
Aunque entre las startups sigue habiendo un reto importante en la transparencia (en las últimas semanas han surgido iniciativas que buscan incrementarla), no es algo exclusivo de este sector. Debe ser el común. Poner luz y taquígrafos en las cuentas no debería ser negativo, sino justamente todo lo contrario. El 'fake it till you make it' ('Aparéntalo hasta que lo consigas, en español) debería erradicarse de cualquier negocio. También de las startups.
... dos lecciones que han de grabarse a fuego reguladores, inversores, administraciones, empresas y medios y publicaciones especializadas. Sigue habiendo mucho que mejorar. 

Batman no debe ser español

En España hay demasiada gente cobrando por decir que regula y vigila el correcto funcionamiento de los mercados y vela por los intereses de sus clientes y accionistas, cuando en realidad no lo hace, o incluso sirve para todo lo contrario
Gotham City, una consultora pequeña y desconocida con nombre de comic ha destapado solita el fraude multimillonario de Gowex. Unos consultores a tanto la hora han desenmascarado en una semana a su fundador, Jenaro Garcia, ese emprendedor que durante años coleccionó fotografías con presidentes haciéndole entrega de toda clase de premios y reconocimientos.
Cómo lo hicieron, se preguntarán ustedes. Qué complejos métodos de investigación emplearon, qué onerosos sistemas de vigilancia y seguimiento desarrollaron, qué refinados modelos de análisis y proyección idearon para lograr desentrañar las trampas que consultoras, reguladores y líderes fueron incapaces de ver.
La respuesta es bien sencilla. Utilizaron el mismo método infalible que empleamos nosotros y nuestras madres cuando queremos saber algo: llamar y preguntar. Gotham City hizo algo tan asombroso como coger los libros de la Gowex y bajarse al mundo real para comprobar si cuadraban.
Para defenderse ante semejante escándalo, nuestros reguladores sostienen que ellos se fían de los libros que presentan los empresarios y carecen de medios y recursos para verificar la integridad de la información que deben auditar. Gotham City les ha enseñado el camino: no fiarse de los libros y llamar y preguntar para ver qué hay de verdad. Para hacer eso no hace falta ser extranjero, ni ser Batman, ni tener superpoderes. Basta con tener un teléfono y sentido común. 

Experto propone incluir en ley de transparencia sanciones a cargos políticos

El profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia (UMU), Julián Valero, ha propuesto este miércoles, en el seno de la Comisión de Asuntos Generales encargada de la elaboración de la Ley de Transparencia de la Región de Murcia, que esta normativa introduzca también sanciones disciplinarias a los cargos públicos y políticos y no solo a los funcionarios, como se ha establecido en la ley estatal. 
Esta iniciativa proviene de la necesidad de establecer garantías de cumplimiento de la normativa, ya que según ha expuesto el experto en transparencia "muchas veces se aprueban leyes y luego no se hace nada por cumplirlas".
Ha ejemplificado este hecho asegurando que los concejales de los ayuntamientos tienen derecho a acceder a la información de los plenos, "pero a veces no pueden acceder a ella porque el alcalde o la autoridad política se niega a dársela. Es importante establecer medidas específicas para sancionar porque a veces son las autoridades políticas las que niegan el acceso a la información".
Aparte de esto, el profesor de Derecho de la UMU también ha hecho referencia a lo que se conoce como 'Open Data' y ha instado a los grupos parlamentarios a introducir en la futura ley de transparencia mecanismos que faciliten la reutilización de información procedente de la Administración.
Puesto que lo propio de cualquier mercado es analizar el recíproco juego de la oferta y la demanda, en el mercado de las ideas conviene estudiar la cantidad de transparencia que se demanda a las empresas que operan en el mercado de valores, para después compararla con la dosis de transparencia que el parlamento ofrece al mercado sobre los poderes administrativos que ostenta la autoridad supervisora.
"No tiene sentido que la sociedad pague impuestos para generar una serie de datos en la Administración y luego se guarden y no estén abiertos a la sociedad", ha indicado Valero.
Dentro de la propuesta del 'Open Data', el experto en Transparencia ha indicado que la nueva normativa debería reforzar la regulación de información en "ámbitos tan delicados" como es el Urbanismo y el Medio Ambiente y que las distintas administraciones se coordinen para lograr ser más transparentes.
Además, Valero ha reiterado que "no basta con que la Administración sea transparente", sino que se ha de permitir la participación de los ciudadanos.
Cree que la regulación del acceso a la información "está desfasada" y que con el uso de las nuevas tecnologías se podría conseguir un acceso "mejor y más fácil para los ciudadanos". Y ha pedido que se creen órganos específicos que se encarguen de dar respuesta a las necesidades de información de los ciudadanos.

Transparencia del mercado pero opacidad de la CNMV

Puesto que lo propio de cualquier mercado es analizar el recíproco juego de la oferta y la demanda, en el mercado de las ideas conviene estudiar la cantidad de transparencia que se demanda a las empresas que operan en el mercado de valores, para después compararla con la dosis de transparencia que el parlamento ofrece al mercado sobre los poderes administrativos que ostenta la autoridad supervisora.
La transparencia informativa está en juego en materia de retribución de los administradores y gerentes de las sociedades que cotizan en bolsa (para que los accionistas sepan cómo se les paga). En ese mismo sentido, también está en juego la transparencia respecto a la retribución de las autoridades y empleados públicos que trabajan en la CNMV (para que los contribuyentes sepamos cómo se les remunera y cuánto nos cuesta el control administrativo del mercado de valores).
Pues bien, el mayor o menor rigor que se utiliza para enjuiciar la dosis de independencia de los administradores no ejecutivos de una empresa que cotiza en bolsa, no debería ser muy distinto del rigor y la severidad que también se aplica a la hora de pronunciarse sobre el margen de independencia de los miembros dela CNMV respecto a los partidos políticos y al Gobierno.
...una de las vías para satisfacer la transparencia es exigir a una persona que explique y justifique a los demás el fundamento de sus decisiones; así ocurre tanto para los operadores del mercado, como para la Administración pública que les controla. A ese respecto, debería existir un cierto margen de uniformidad (a la hora de exigir un mayor o menor grado de densidad y solidez en las justificaciones que se ofrecen, o de conformarse y aceptar una motivación vaporosa o gaseosa), en el sentido de aplicar el mismo rasero a los operadores del mercado y ala CNMV(cuando adopta decisiones administrativas que limitan la libertad de empresa)
La tecnocracia administrativa de la CNMV debería ser la aristocracia de la transparencia informativa 
Ocurre que en relación al control público del mercado de valores negociables, no hay transparencia informativa del parlamento... 
A los operadores del mercado y al conjunto de la ciudadanía nos importa la transparencia informativa sobre los gastos suntuarios que realiza la CNMV, o sobre las remuneraciones que perciben quienes trabajan en esa institución, pero desde la perspectiva de los principios característicos de un Estado democrático de Derecho, todavía nos importa más la certidumbre sobre los poderes administrativos que puede ejercer la autoridad supervisora para restringir la libertad de empresa.

Manipulación de estadísticas en Valencia, esperamos que fuera un error

La Comisión Europea ha iniciado una investigación formal a la Comunidad Valenciana por la manipulación de los datos de gasto sanitario (y por tanto de déficit y deuda). Los datos erróneos fueron proporcionados durante años y afectaron a los datos nacionales que luego se reportaron al Eurostat.

divendres, 20 de juny del 2014

Opacitats detectades (XIX): Llei de transparència, privatització dels aeroports, portal de la transparència, València, cultura pública, nacionalitzacions, participació, govern obert, col·laboració públic-privada

¿Qué cabe esperar del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno?

«Como muestran los sucesivos informes anuales de tuderechoasaber.es, el nivel de respuesta adecuada de las administraciones públicas españolas a las demandas de información formuladas es bajísimo. Pasar de una cultura de opacidad a una de transparencia será, por tanto, una tarea complicada en la que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) tendrá una gran responsabilidad. Pero, ¿tiene el CTBG un diseño legal adecuado para cumplir con los fines que le asigna la ley?»
«Para poder llevar a cabo un trabajo tan delicado como éste sin que sufra ninguna merma su crédito como autoridad no sometida a los intereses y deseos del gobierno en cada momento crucial, es necesario que se reúnan al menos dos condiciones. Por un lado, se necesita un diseño normativo de tal órgano que refuerce su independencia tanto por el sistema de nombramiento, como por las garantías para su funcionamiento autónomo. Pero, por otro, y más importante aún que la primera condición, es que la práctica del órgano así como el comportamiento de los gobiernos permitan que aquél desarrolle su labor con independencia de criterio y sometiendo sus decisiones no a las necesidades a corto plazo del gobierno, sino a las reglas generales que vaya estableciendo a partir de la resolución de casos concretos. De hecho, cuando comparamos la capacidad para actuar con independencia de este tipo de autoridades en otros países, encontramos casos en los que un órgano cuya autonomía no estaba demasiado reforzada en el texto de la ley ha sabido, sin embargo, establecer una doctrina sólida y respetada que le ha permitido solventar con éxito determinados pulsos con el gobierno. Evidentemente esto exige un respeto por parte del gobierno hacia las decisiones de estas autoridades, incluso en los casos en los que el ejecutivo cuenta con un poder de veto sobre las mismas (como suele ocurrir en los países anglosajones). Y exige también un auto respeto por parte de quienes conducen la autoridad especializada hacia la labor que desempeñan, que no puede quedar supeditada a otros intereses.» 
«Teniendo en cuenta estas premisas, podemos llevar a cabo una comparación en el tratamiento que reciben estas instituciones en distintas legislaciones. Para ello, se han seleccionado 4 indicadores de los que usa el Global Right To Information (RTI) Rating para evaluar las leyes de acceso a la información en todos los países que las han creado. Estos 4 indicadores reúnen información sobre diversas garantías legales para asegurar la independencia de las autoridades especializadas en la aplicación de la ley. Se trata de los indicadores 38, 39, 40 y 52, cuya descripción aparece en la Tabla 1. Se ha escogido a un grupo de países que ocupan diferentes posiciones a lo largo del ranking: Serbia, puesto 1º; México, 7º; Reino Unido, 27º; Irlanda, 37º; EEUU, 45º; España, 73º; y Alemania, 94º.
Tabla 1: Indicadores del Global RTI Rating sobre independencia autoridad especializada
Ind.
Descripción
ESP
RU
IRL
ALE
SERB
MEX
EEUU
38
El sistema de nombramiento les protege de influencias políticas y de despidos arbitrarios
0
1
2
2
2
2
0
39
Informa al Parlamento y su presupuesto lo aprueba el Parlamento
0
1
2
2
2
2
0
40
Prohibición de nombrar personas con fuertes vinculaciones políticas y exigencia de experiencia profesional
0
0
1
0
2
2
0
52
Inmunidad legal para el órgano y para los informantes de buena fe
0
1
2
0
1
0
0
Fuente: http://www.rti-rating.org/. La puntuación máxima para cada uno de estos cuatro indicadores es de 2 puntos.»
«El ejemplo británico es suficientemente ilustrativo de lo que se quiere decir. Aunque sobre el papel su Comisionado para la Información no parece haber sido diseñado con grandes garantías de independencia, la práctica de la institución lo ha convertido en una figura clave ampliamente respetada y cuyas resoluciones van convirtiendo en una realidad bastante sólida el derecho de los ciudadanos británicos a acceder a la información pública.» 
«...»
«Todas estas razones llevan a no ser demasiado optimistas en cuanto a lo que cabe esperar del CTBG. No obstante, sólo la práctica de la institución, comenzando por la selección de su primer presidente, así como el diseño efectivo de este organismo que haga el gobierno al redactar su estatuto, podrá decirnos si el CTBG va a desarrollar un papel clave en la consolidación de una cultura de la transparencia en los asuntos públicos en nuestro país.» 

FACUA considera un fraude la privatización de AENA y reclama su paralizació 

«...resulta alarmante comprobar cómo el Gobierno oculta a los usuarios y los ciudadanos el impacto de esta operación en el coste, la calidad y seguridad del servicio, así como en la actividad económica.»

El chasco de la transparencia [València] 

«la solemne presentación de un Portal de la Transparencia que tuvo lugar, como es sabido, el pasado lunes ante un público selecto al que le manifestó que “no hay nada que esconder”, que “hay que rendir cuentas y ganarse la confianza de los ciudadanos”, que estos van a tener expeditas las vías de comunicación con la Administración, redondeando el discurso con la promesa de una ley autonómica de transparencia para el próximo año.»
«Los grandes enredos y maldades no son accesibles, pero tampoco los conciertos sanitarios o educativos. Por ahora únicamente lo son los contratos desde julio de 2013 y las subvenciones desde 2014, así como apartados tan ilustrativos como el consumo de agua, el gasto en uniformes del personal subalterno, dispendios en flores o jardinería de interior y otras chorradas de esta guisa.» 

Transparencia y cultura pública


«más que la existencia de una ley lo que va a determinar si hay un cambio efectivo en la tradicional opacidad española es la actitud cultural de los funcionarios, políticos y autoridad supervisora en el desarrollo efectivo de la misma, en el día a día de las decisiones que tienen que ver con la transparencia.»
«Y aquí chocamos con una realidad donde la transparencia da miedo, mucho miedo. No es casual por ello que la ley intencionadamente deje resquicios donde apoyarse ya que, de no haber sido así, de haber sido una ley exigente, la actitud de muchos de nuestros políticos y de gran parte de las entrañas administrativas sería de parálisis: ante lo que se pueda poner a la luz, ¡quietos!» 
«La existencia de esos resquicios es donde está el quid de la cuestión. La ley habla de transparencia activa y ya sin ella se ofrecen datos, sí. Pero hay tendencia a que sean irrelevantes, a inundar y en formatos poco reutilizables. Es decir, la ecuación: avalancha= confusión= escaso control social. En cuanto a transparencia pasiva la ley poco hace para solventar el parapeto de los enrevesados procedimientos y consagra además el silencio administrativo, también para cuestiones de acceso a información. Si un ciudadano de buena fe quiere saber algo, que se vaya armando de paciencia.»
«Por otra parte, la transparencia en sí misma no es lo importante. Es un medio, no un fin. El fin es el control social y la rendición de cuentas. Puede haber toda la transparencia del mundo que si al final lo que aflora no tiene consecuencias directas, el proceso queda incompleto. Y aquí el listón está tan alto, tan alto, que para que ocurra algo tiene poco menos que producirse un terremoto. También esto es una cuestión de cultura pública.» 
«De ahí que veamos con envidia a países como Suecia donde la transparencia y la rendición de cuentas son exigencias éticas básicas de toda actividad pública. Que la agenda del primer ministro sea accesible o que se proteja al funcionario que saca a la luz alguna irregularidad pone de manifiesto que allí es toda la infraestructura ética y social la que está a favor de una cultura de transparencia y rendición de cuentas como soporte del buen gobierno»
«En España, ocurre todo lo contrario. Por desgracia nos queda aún un largo camino por recorrer.» 

España nacionaliza por decreto a cuatro familiares de un banquero mauritano pero no lo dice en el Consejo de Ministros

«El pasado seis de junio el Gobierno nacionalizó por carta de naturaleza, esto es, atendiendo a circunstancias excepcionales y vía Real Decreto, a Zenaida Bárbara Castro Romeu, una directora de orquesta cubana. Así se informó en las referencias del consejo de ministros. En esa misma reunión del gobierno se aprobaron otras cuatro nacionalizaciones, de las que el Gobierno no informó, pero que sí han aparecido en el BOE de hoy. Se trata de Naha, Ely Cheikh, Leila y Mama Mohamed Bouamatou.»
«Todos ellos son familiares de Mohamed Hamayenne Bouamatou, un empresario y banquero mauritano que ya obtuvo la nacionalidad por la vía rápida en junio de 2011. Mohamed es patrono de la FundaciónMujeres por África, presidida por la exvicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega y que también cuenta en su patronato con Emilio Botín, Florentino Pérez, Esther Alcocer Koplowitze Isidoro Álvarez, entre otros.» 
«También es patrona de la fundación española Leila Bouamatou, una de las cuatro nacionalizadas por decreto que han aparecido hoy en el BOE. Es hija del empresario mauritano y alto cargo de Générale de Banque de Mauritania, la banca presidida por su progenitor.» 
«El Gobierno ha concedido más de mil nacionalidades de este tipo desde el año 2000 (aquí los datos a junio de 2013). Son las llamadas cartas de naturaleza, una vía rápida para convertir en ciudadano español a personas en las que concurran “circunstancias excepcionales”. Esta medida, del mismo modo que pasa con los indultos, se otorga de forma discrecional por el Ejecutivo. No tiene que argumentar su decisión ni cumplir unas normas establecidas para tomarla.»

De transparències i participació

«Ara ja sabem que estem ens mans de la desinformació. Tot es maquilla a conveniència; i les notícies, fins i tot en els mitjans més oberts -com demostra la crisi de “El Jueves”-, mostren el caire que el poder vol i desitja.» 
«sembla que hi ha un desig escampat de major transparència de gestió tant en el cas dels partits tradicionals, com en el de la Casa Reial. Transparència que podrà doldre -qui no ha llegit espants relatius al sou de la futura princesa Leonor!- però que, en tot cas, és desitjable i molt millor que l'opacitat practicada fins ara.»
«Des del posicionament tècnic del nou (?) paradigma “som el que fem” i, també ètic, “no podem exigir als altres el que nosaltres no som capaços de donar” sembla que s'imposa un canvi urgent. I aquest canvi s'ha d'obrir en l'acceptació de la pròpia opacitat; precisament per poder treballar el canvi. ¿Com volem que els altres siguin transparents si nosaltres no ho som?» 
«aquí i ara, els valors de la transparència i de la participació democràtica es mostren, del tot, inexistents, en tots els àmbits d'acció coneguts. “Tanmateix no compareix ningú”, “és un poble mal de moure”, “sempre son els mateixos”...acostumen a ser les excuses justificatives; i segurament s'adapten a la realitat - A la presentació de “Els tentacles de les tenebres” tan sols dos o tres pares amb fills en edat escolar!-. Però es com el ca que es cansa corrent intentant agafar-se la seva pròpia cua; si no hi ha un canvi de mirada, donarem voltes i voltes...ens cansarem sense aconseguir res de bo.I, satisfets, ens seguirem queixant del que fan els altres, de la passivitat dels conciutadans i de la manca de transparència que es dona a la Capital»

España, lejos del Gobierno abierto: la transparencia aquí ni existe ni se exige 

«Necesita un cambio en la gestión de la información haciéndola transparente. Las administraciones no abren sus informaciones al ciudadano y los partidos no se toman esto en serio.» 
«Transparencia no es solo una palabra de moda en el ámbito político; transparencia debería ser una exigencia irrenunciable cuando se trata de las administraciones públicas y sus gestores. Hoy, puedo decirlo claramente, la Transparencia se administra, se gestiona y se dosifica. Las administraciones carecen de una apuesta real para que los ciudadanos sepan lo que ocurre de puertas adentro de ministerios, consejerías o concejalías. No les interesa. Prefieren contarlo gota a gota, en el momento adecuado.»
«Mientras en otras partes del mundo los gobiernos transforman sus datos privados y cerrados en datos público [#OpenData], en nuestro país seguimos con los muros levantados y mil candados para que nadie se entere de lo que no debe. Imagínense ustedes conocer en tiempo real los datos de incidencia de la Gripe A, o acceder directamente a los de los siniestros en las carreteras, o a los de los pagos a proveedores, o a los de contaminación en municipios o autonomías. En fin, imaginemos que los gobernantes españoles utilizan la tecnología que ya existe y que en otros confines del globo aplican para que la información sea pública y no privada de unos cuantos. Eso en España está muy lejos de ser real. Lo que se llaman #OpenGob, es decir, un Gobierno tecnológicamente abierto es el objetivo de países como Reino Unido, Estados Unidos o Francia. Aquí alguna comunidad autónoma, sobre todo Euskadi, ha iniciado tímidamente el camino; y todavía más tímidamente el Gobierno español en materias como Ayuda al Desarrollo, Innovación, Contratación, Cultura, Deporte, Energía o Medio Ambiente.» 
«En otros lugares los medios de comunicación están acostumbrados a interactuar con esos datos, a acceder a informaciones en tiempo real y publicarlas también en tiempo real para que los ciudadanos estén realmente informados. Eso sí, aquí el Ministerio de la Presidencia ha preparado un borrador del que será II Plan sobre Gobierno Abierto, un listado de objetivos y estrategias que formarán parte del Open Government Partnership. Pero el ciudadano de a pié, el elector, los que pagamos nuestros impuestos, casi ni nos hemos enterado.»
«Es una lástima que esta marea no llegue hasta aquí. En España hace un par de años se puso en marcha el denominado Proyecto Aporta, que se quedó en una mera guía de uso, aunque después, hace ahora apenas tres meses lanzó lo que denominó una versión de pruebas de su primer catálogo de datos que se quedó solo en una lista de enlaces a distintos departamentos de la Administración Central. Es decir, poco más que fuegos artificiales. Lamentable.» 
«Sería bueno que se hablara de esto en las campañas electorales, que los partidos políticos llevaran a la parte más visible de su ideario sus compromisos sobre transparencia. La Gobernanza hoy es diferente. No olvidemos que la Información es el auténtico poder y por tanto de la liberación de esa información puede llegarnos una auténtica revolución social.»
«La Gobernanza es donde más cambio aportará esta nueva corriente de lo abierto. Una Gobernanza transparente en la que los ciudadanos participan de verdad en la gestión y regulación de lo público. Todos debemos exigirlo.» 

¿Responsabilidad, Transparencia y Buen Gobierno en la colaboración público–privada? 

«La gestión privada de servicios públicos no siempre es mejor que la gestión pública directa, depende del ámbito objeto de externalización y de las capacidades organizativas de las administraciones y de las instituciones privadas en cada uno de los sectores. La mayor o menor eficiencia de la colaboración público-privada está directamente relacionada con las normas de buen gobierno. Estas normas son la transparencia y la rendición de cuentas a la ciudadanía, la responsabilidad y participación de los agentes involucrados y la promoción y defensa de criterios explícitos de eficiencia y calidad en las decisiones que se adopten.»
«Es preciso que haya más transparencia en la información que se dispone sobre los proyectos de colaboración público-privada en la financiación de infraestructuras públicas en general. Los contribuyentes desconocen el detalle sobre la cuantificación de la inversión realizada, sobre los pagos anuales que se derivan de las inversiones y los servicios, sobre los adjudicatarios o sobre la duración de los contratos.» 
«Se deben implementar medidas, a través de los pertinentes organismos de control, para garantizar una ejecución posterior según lo establecido en las prescripciones técnicas y administrativas, para evitar que se modifique la situación en lo referente a la transferencia de riesgos entre el sector público y el sector privado.»
«Las administraciones españolas tienen un déficit espectacular de mecanismos de control de las organizaciones privadas prestadoras de servicios públicos. Cuentan con buenos mecanismos de control legal y económico formal –por ejemplo, en los pliegos de condiciones-, pero que no consiguen implementar en la práctica, ya que se carece de los recursos humanos y de la experiencia necesaria para hacerlo.»  
«Una mala gestión de los caudales públicos no sólo afecta a los intereses de los ciudadanos, sino que también pueden afectar a la esfera de los derechos de los ciudadanos (Hodge 2004)»

Transparencia, la eterna promesa política

«La primera impresión que se desprende de los nuevos resultados es que los partidos españoles y, más aún, sus fundaciones vinculadas, todavía tienen mucho trabajo por hacer para alcanzar los niveles de transparencia que la sociedad actual les exige.» 
«La buena noticia es que por parte de las organizaciones políticas, ya se ha creado una conciencia sobre la necesidad de rendir cuentas y, poco a poco, están iniciado este camino sin retorno que beneficiará al conjunto de la sociedad.»
«Sin embargo, estos aumentos no son suficiente, pues siguen siendo mayoría los partidos que no publican los contenidos de estos indicadores.»
«Por otra parte, los resultados sobre la transparencia de las fundaciones políticas invitan a una reflexión profunda sobre las medidas que deberían tomar dentro de estas entidades, para asumir sus responsabilidades sociales y rendir cuentas.»
«Teniendo en cuenta estos resultados, es comprensible que los ciudadanos españoles sigan percibiendo como segundo problema de la sociedad actual “el fraude y la corrupción”, seguida por “los problemas de índole económica” (tercer problema) y “los políticos, la política y los partidos en general” como cuarta preocupación, según el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas publicado en febrero de 2014.» 
«Sin embargo, la transparencia no puede limitarse a la publicación de los sueldos de los miembros políticos, el desglose de sus dietas o el balance de cuentas del partido y la fundación. La transparencia debe entenderse como una herramienta que va más allá de publicar una ristra de datos según una ley orgánica. Su objetivo final es mejorar la sociedad y la convivencia, uniendo a los ciudadanos con sus representantes gracias a la confianza.
Y eso, habitualmente, no lo consigue ninguna ley, sino la voluntad.»